CIUDAD DE MÉXICO.- Con el objetivo de erradicar un vacío legal que podría propiciar la destrucción del medio ambiente, la senadora Lilly Téllez presentó una iniciativa para prohibir cualquier actividad de exploración, explotación, extracción, enajenación, comercialización o beneficio de todo tipo de hidrocarburos y minerales en las áreas naturales protegidas.
Propuso adicionar un párrafo al artículo 46 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, proyecto que fue turnado a las comisiones unidas de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado.
La legisladora del PAN señaló que es necesario evitar que cualquier persona física o moral, que se dedique a la extracción de hidrocarburos o a la minería, realice estas actividades en zonas naturales, ya que la legislación vigente no menciona expresamente esta prohibición.
“Todavía estamos a tiempo de impedir que las personas, en complicidad con algunas autoridades, pudieran obtener algún tipo de permiso para desarrollar sus actividades de forma visible, discreta o clandestina y, con ello, vulneren las superficies naturales que se encuentran protegidas en la Ley”, subrayó.
Lilly Téllez insistió en la necesidad de garantizar que el patrimonio natural protegido de nuestro país no sea dañado, ni mucho menos que se le cause alguna afectación irreversible.
Evidentemente, dijo, a las empresas dedicadas a la explotación de hidrocarburos y minerales no les preocupa cuidar el medio ambiente, pues su prioridad se basa en sus intereses, no en los del público general, ni mucho menos en preservar aquello que debe de mantenerse en su estado natural.
Ese tipo de personas morales que tienen permisos, concesiones o cualquier otra forma de autorización para desarrollar sus actividades, agregó la senadora, deben entender que no tienen terrenos o superficies libres para su aprovechamiento.
“Existen áreas naturales protegidas por la Ley que deben de respetar, so pena de incurrir con alguna sanción administrativa o realizar alguna conducta tipificada como delito”; sin embargo, denunció que, en la práctica, a este tipo de empresas no les asusta la posibilidad de incurrir en la probable comisión de algún delito en materia ambiental.
Si desde el derecho administrativo o el derecho penal no se les puede disuadir de que atenten contra las áreas naturales protegidas, dijo, debemos establecer mecanismos de salvaguarda como lo es, precisamente, incorporar la prohibición.
AM.MX/fm