CIUDAD DE MÉXICO.- De conformidad con la Ley Federal del Trabajo, tanto en sus Apartados “A” y “B”, los llamados Días Santos podrían no ser de descanso obligatorio, o que sean implícitos en la Ley; pero por la tradición de México, sus usos y costumbres, especialmente en cuanto a la religión mayoritaria, son “días de... Más [+]...