La Corte le recordó a Segob, que encabeza Maria Luisa Alcalde, que no cuenta con el fundamento jurídico para requerir información de la SCJN
CIUDAD DE MÉXICO.— En aras de mantener el diálogo entre Poderes de la Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo pública la respuesta que le dio a la Secretaría de Gobernación (Segob) en torno a la acusación de violar el artículo 127 constitucional, el cual establece que ningún funcionario público puede percibir un salario mayor al del Presidente de la República.
No obstante la Ley Orgánica de la APF no constituye fundamento legal para que la @SEGOB_mx requiera información a #LaCorte. Por decisión colegiada se dio respuesta a la solicitud sobre las acciones emprendidas para dar cumplimiento al art. 127 constitucional. pic.twitter.com/RKC7i8jS2C
— Suprema Corte (@SCJN) July 3, 2023
En un escrito de la Secretaría General de Acuerdo de la SCJN, el máximo tribunal señala que “las percepciones que reciben los ministros no pueden ser diferenciadas ni pueden ser disminuidas por actos provenientes de otros poderes”. Sin embargo, indicó que, desde 2019, decidió motu proprio disminuir en un 25 por ciento las percepciones de sus ministros.
Resaltó que, además, el Pleno de ministros se pronunció sobre los alcances del artículo 127 constitucional al resolver las acciones de inconstitucionalidad 105/2018 y 108/2018, donde estableció que el sueldo presidencial, como parámetro para medir las percepciones de todos los funcionarios, debe incluir otras prestaciones que recibe el Jefe del Ejecutivo Federal, como son alimentación, transporte, salud, entre otros.
La SCJN señaló que las percepciones de los ministros son publicadas todos los años en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se estableció que para 2023 su sueldo mensual es de 206 mil 948 pesos menos impuestos. Mientras que el sueldo mensual del Presidente de la República es de 157 mil 658 pesos, menos impuestos.
En la carta se destacó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en el cual “prevé la división de poderes, así como la integración y funcionamiento de aquélla”, la Segob no cuenta con el fundamento jurídico para que requiera información de la Suprema Corte.
Sin embargo, en aras de fortalecer el diálogo entre los poderes del Estado y de la rendición de cuentas a la sociedad, fundamentados por el artículo 134 constitucional, la Suprema Corte decidió brindar información precisa con respecto a la carta enviada por la Segob.
VCr