CIUDAD DE MÉXICO.— La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) determinó imponer severas restricciones y conceder únicamente una autorización parcial y condicionada al proyecto hotelero-residencial que la empresa Residencial Punta Venado, S.A. de C.V., pretende desarrollar en Punta Venado, ubicado en la Riviera Maya, Quintana Roo.
A través de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), la dependencia federal autorizó únicamente la edificación de 30 suites y 23 residencias, rechazando la propuesta original de la compañía que contemplaba 50 suites y 33 residencias.
El resolutivo ambiental negó la construcción de 108 cuartos de hotel, así como la instalación de una planta de ósmosis inversa, albercas, accesorios, senderos y andadores de salida hacia la playa. La decisión se fundamentó en que la ubicación de estas obras no respetaba la franja de salvaguarda de 100 metros respecto al manglar.
Aunque el predio abarca una superficie total de 111.559 hectáreas, la autoridad precisó que el fallo no permite desmontar ni edificar sobre la totalidad del terreno. Las obras aprobadas se acotaron estrictamente a las áreas identificadas como compatibles en el estudio de zonificación ambiental.
#NotaInformativa | Semarnat limitó el Proyecto Venado e impuso condiciones por protección al manglar.
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— SEMARNAT México (@SEMARNAT_mx) October 12, 2026
Entre los requerimientos impuestos por la Semarnat para la ejecución de los trabajos, el desarrollador deberá conservar en su estado natural al menos el 75% de la superficie de duna costera y berma rocosa. Asimismo, se estableció la obligación de mantener un perímetro equivalente al 20% de la extensión total destinado a preservar corredores biológicos y evitar la fragmentación del ecosistema local.
El proyecto ya registraba un antecedente de rechazo emitido el 4 de junio de 2024 por incumplimientos sobre la protección del manglar y de las tortugas marinas. Tras un nuevo ingreso del trámite el 26 de septiembre de 2024, la empresa entregó datos complementarios y actualizó componentes que derivaron en el aval parcial.
El dictamen contó con las opiniones técnicas de la Conanp, Conabio, Conafor, Conagua e INECC. La Semarnat aclaró que las obras no podrán iniciar de manera integral hasta que la promotora obtenga y presente la autorización correspondiente en materia de cambio de uso de suelo en terrenos forestales.
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AM.MX/dsc
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