Rechazo por comprobante asociado a mí
Por Roberto Fuentes Vivar
Clara Brugada Molina,
Jefa de Gobierno de la Ciudad de México:
Hace unos días (el 13 de febrero) me dirigí a usted pidiéndole de manera más atenta que honrara usted los principios del humanismo mexicano y le expuse el drama de una de la persona edad a la que niegan el permiso para residentes, por lo que le es imposible estacionar el auto afuera de su casa.
No obtuve respuesta alguna, pero sí volví a solicitar por las vías normales mi permiso.
Lamentablemente, como si se tratara de una burla a mi persona, la respuesta fue, palabras más palabras menos, que no podían otorgármelo porque el documento comprobante de domicilio estaba asociado a otra solicitud, la cual curiosamente es mi propia solicitud.
El viernes 27 de febrero, a las 6:20 de la noche, recibí el siguiente mensaje en mi correo electrónico:
“Estimado(a) ROBERTO FUENTES QUIROZ VIVAR BALDERRAMA
“Tu solicitud fue rechazada
“Verificamos la información que ingresaste y se determinó que la solicitud no cumple con todos los requisitos.
“Consulta más detalles en el documento adjunto de este correo.
“Folio del trámite: SEMOVI-PR-00006931”.
Lo primero que hice, desde luego, fue abrir el documento adjunto en el cual se señala textualmente:
“De conformidad con el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 1, 3, 4, 7 y 60 de la Constitución Política de la Ciudad de México, 3 fracción II, 36 fracciones I y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2 fracciones II y IV, 6, 9 fracciones XXXIV, LVI. Cl y CIII y 210 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; 7 fracción XI inciso B), numerales 3 y 3.1, 196 fracción V y 4 fracción X, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45 y 46 del Reglamento para el Control de Estacionamiento en Vía Pública de la Ciudad de México, hago de su conocimiento que:
“Derivado de la recepción de la solicitud referida en el párrafo anterior, esta Unidad Administrativa realizó un análisis de la información contenida en la solicitud, así como en la documentación que adjuntó a la misma.
“Por lo que mediante correo electrónico de fecha, enviado a la dirección de correo electrónico asociada su cuenta Llave CDMX, se le previno para que, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente en que surtiera efectos su notificación, desahogara dicha prevención atendiendo las observaciones realizadas por esta autoridad, a través de la Plataforma de Permisos para Residentes.
“En virtud de lo anterior, mediante una nueva carga de documentos pretendió desahogar la prevención de referencia.
“Sin embargo, una vez analizados y valorados los documentos cargados en la Plataforma de Permisos para Residentes, le informo que, si bien la prevención fue desahogada en tiempo, lo cierto es que no se desahogó en forma, toda vez que las documentales exhibidas no atendieron la prevención tal y como se le solicitó, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, se tiene por no presentada su solicitud, archivándose como trámite concluido. Para mayor detalle de los puntos que no fueron debidamente desahogados puede consultar el anexo «A» de este documento.
“Sin embargo, una vez analizados y valorados los documentos cargados en la Plataforma de Permisos para Residentes, le informo que, si bien la prevención fue desahogada en tiempo, lo cierto es que no se desahogó en forma, toda vez que las documentales exhibidas no atendieron la prevención tal y como se le solicitó, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, se tiene por no presentada su solicitud, archivándose como trámite concluido. Para mayor detalle de los puntos que no fueron debidamente desahogados puede consultar el anexo «A» de este documento.
“No obstante, lo anterior, se dejan a salvo sus derechos para ingresar una nueva solicitud de Permiso para Residente.
“A efecto de dar cumplimiento a lo señalado en los artículos 7 fracción III, 108 y 109 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, se hace de su conocimiento que la presente resolución, podrá ser recurrida dentro de los quince días hábiles siguientes a que surta efectos su notificación, a través de un recurso de inconformidad ante el superior jerárquico de esta autoridad; o bien mediante el Juicio de Nulidad previsto en los artículos 3 fracción I y 31 fracción I de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México.
“Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.
“ATENTAMENTE
“MTRO. MIGUEL ARMANDO MONTECINO MONTECINO
DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD VIAL Y SISTEMAS
DE MOVILIDAD URBANA SUSTENTABLE”.
Inmediatamente abrí el archivo adjunto y textualmente dice:
“ANEXO A
“Observaciones en comprobante de domicilio: De la revisión de los expedientes que obran en los archivos de esta autoridad se desprende que ya existe una solicitud de permiso para residente con número de folio SEMOVI-PR-06922 asociado al domicilio ubicado en la calle shakespearse78, interior 1, colonia Anzures, alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, Ciudad de México, que señala en su solicitud: la cual debe ser solventada en primera instancia. Por lo que: no resulta procedente su nueva solicitud. Lo anterior de conformidad con el artículo36 del Reglamento para el Control de Estacionamiento en Vía Pública, que establece que solo se otorgará un permiso para residente por vivienda”.
Fuera del lenguaje que (perdón por el adjetivo) resulta cantinflesco, el folio se refiere a la solicitud que hice yo y que el día 16 de febrero ocasionó que la Semovi me enviara el 16 de febrero el siguiente mensaje:
“Permiso Para Residentes/Prevención de corrección de datos por parte del solicitante
“¡Hola ROBERTO FUENTES QUIROZ VIVAR BALDERRAMA!
“Corrige la información de tu solicitud
“Cuentas con 5 días hábiles para realizar la corrección. Si no lo haces, tu trámite se cancelará y deberás hacer uno nuevo.
“Folio del trámite: SEMOVI-PR-00006922”.
Inmediatamente ese día ingresé a la página de mi llave y no existía ninguna interacción que pudiera hace para solucionar y corregir la información, por lo que escribí a un asesor en línea, de nombre Israel, quien me guio y seguí cada uno de los pasos que me indició hasta llegar a la conclusión de que nuevamente tenía que ingresar los documentos, los cual hice.
Y la respuesta fue la que se señala en párrafos anteriores.
Eso, señora Jefa de Gobierno. No se vale. Parece una burla a mi persona y no es digna de una representante de la izquierda mexicana como lo es usted.
No es posible que me nieguen el permiso porque use un documento comprobante de domicilio mío, que la Semovi tiene registrado como mío.
Por eso, nuevamente le pido comprensión.
Atentamente
Roberto Fuentes Vivar





